EL DERECHO ESTA AL
REVEZ
LOS PADRES DE FAMILIA TENDRAN DERECHO DE ESCOGER EL TIPO DE EDUCACION PARA SUS HIJOS MENORES.EN LOS ESTABLECIMIENTOS DEL ESTADO NINGUNA PERSONA PODRA SER OBLIGADA A RECIBIR EDUCACION RELIGIOSA
CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991.CAPITULO II,DE LOS DERECHOS SOCIALES,ECONOMICOS Y CULTURLES.ARTICULO 68.
FILMAR VIDEOS DELITO ¿SI? O ¿NO?
EN LA NORMA DE NORMAS (LA CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991) EN SUS 308 ARTICULOS, NO NOS DECLARA EN NINGUNO DE ELLOS QUE FILMAR VIDEOS SEA UN DELITO; FILMAR VIDEOS PORNOGRAFICOS SI ES UN DELITO, PERO FILMAR VIDEOS DE PELEAS (DE CUALQUIER TIPO) NO ES UN DELITO. POR EL CONTRARIO, SI QUISIERAMOS LEVANTAR UNA DEMANDA EN CONTRA DE ALGUIEN PODRIAMOS USAR UN VIDEO COMO PRUEBA, LOS VIDEOS SON LAS PRUEBAS MAS ACEPTABLES EN CUALQUIER PLEITO...
DE ESTO PODRIAMOS DEDUCIR QUE FILMAR VIDEOS NO ES UN DELITO, ES DECIR, NO ESTA CONTEMPLADO EN LA LEY, POR LO TANTO NO TIENE PENA NI CASTIGO...
EL DECIR QUE FILMAR VIDEOS ES UN DELITO ES UNA VIL MENTIRA PUES NO ESTA CONTEMPLADO EN LA LEY...
POR OTRA PARTE, SI FUESE DELITO ¿CUANTAS PERSONAS NO ESTARIAN EN LA CARCEL POR FILMAR PELEAS CALLEJERAS?...SAQUE USTED SUS PROPIAS CONCLUSIONES.
EL DERECHO ESTA ALREVEZ
Iniciar el Pacto por la Reforma Educativa en este contexto de ilegalidad, sin ofrecer garantías a la representación de todos los territorios y sectores que son parte vital de la transformación de la educación, no rendirá frutos y continuaremos protagonizando políticas que siendo para todos-as, parten de la mirada de unos pocos y siguen dejando fuera la atención a tantas exclusiones que se reproducen por la vía de la escuela.
Las deficiencias o los problemas que surgen en el seno del Ministerio de Educación no son solo responsabilidad de la persona que lo dirige, expresaron los miembros de la Coalición por una Educación Digna al referirse a la sustitución de Josefina Pimentel por Carlos Amarante Baret.
A los miembros de la entidad se les preguntó si convenía en el ministerio un gerente más que un técnico, como en ambos casos, a lo que respondieron que lo lamentable es que se vea la función pública de manera personalista. Mario Bergés, miembro de la entidad, expresó que se necesita buena gerencia, tanto como planificación.
Ley 1324 de julio 13 de 2009 |
"Por la cual se fijan parámetros y criterios para organizar el sistema de evaluación de resultados de la calidad de la educación, se dictan normas para el fomento de una cultura de la evaluación, en procura de facilitar la inspección y vigilancia del Estado y se transforma el Icfes" |
Ley 1297 de abril 30 de 2009 |
"Por medio de la cual se regula lo atinente a los requisitos y procedimientos para ingresar al servicio educativo estatal en las zonas de difícil acceso, poblaciones especiales o áreas de formación técnica o deficitarias y se dictan otras disposiciones." |
LEY 16-20
BULLYING
La Cámara de Diputados convirtió hoy en ley un proyecto que apunta a prevenir los casos de acoso escolar tanto físico como verbal, un fenómeno conocido como "bullying" y que se intensificó en los últimos años ante la proliferación de las redes sociales.
El proyecto de ley sobre "bullying" sanciona la violencia en las escuelas, a través de la "promoción de la convivencia y el abordaje de la conflictividad en las instituciones educativas".
El "bullying" hace referencia a cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico producido entre escolares de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado.
QUIEN ESTUVIERE PRIVADO DE SU LIBERTAD Y CREYERE ESTARLO ILEGALMENTE, TIENE DERECHO A INVOCAR ANTE CUALQUIER AUTORIDAD JUDICIAL, EN TODO TIEMPO, POR SI O POR INTERPUESTA PERSONA, EL "HABEAS CORPUS" , EL CUAL DEBE RESOLVERSE EN EL TERMINO DE TREINTA Y SEIS HORAS. ARTICULO 30.CAPITULO1.TITULO II.CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991
LA EXTRADICION SE SOLICITARA, CONGO DE PROCEDIMIENTO PENALCEDERA U OFRECERA DE ACUERDO CON LOS TODIRATADOS PUBLICOS. A FALTA DE ESTOS EL GOBIERNO SOLICITARA, OFRECERA O CONCEDERA LA EXTRADACION CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL.
CODIGO PENAL. TOMO I. TERCERA EDICION. ART, 17.
ESTADO:
Entidad politica que precide los destinos colectivos de una sociedad y que ejerce, por esta razon, el poder legal.
REPUBLICA:
Organizacion del Estado cuya máxima autoridad es elegido por los ciudadanos o por el parlamento para un periodo determinado.
DEMOCRACIA:
El gobierno del pueblo y para el pueblo. Relacioón entre gobernantes y gobernados, en igualdad, libertad y justicia social.
HABEAS CORPUS:
Derecho del detenido de solicitar la comparencia inmediata ante el juez para que este resuelva sobre la legalidad del arresto.
Contratación
MYCA-SOPY-CM-001-2014
INTERVENTORIA, TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DEL PROYECTO CONSTRUCCIÓN DEL PAVIMENTO EN CONCRETO RÍGIDO DE LAS VÍAS DEL BARRIO VILLAS DE SAN JUAN DEL MUNICIPIO DE YOPAL - DEPARTAMENTO DE CASANARE
MYCA-SOPY-CM-024-2013
INTERVENTORIA, TECNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DEL PROYECTO CONSTRUCCION DEL PAVIMENTO EN CONCRETO RIGIDO DE LAS VIAS DEL BARRIO VILLAS DE SAN JUAN DEL MUNICIPIO DE YOPAL - DEPARTAMENTO DE CASANARE
MYCA-MC-129-2013
DIAGRAMAR Y PUBLICAR LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS DE COBRO COACTIVO DE LA VIGENCIA 2011, QUE SE ADELANTAN EN LA SECRETARIA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTES DE LAS MULTAS IMPUESTAS POR INFRACCIÓN A LAS NORMAS DE TRÁNSITO
MYCA-MC-128-2013
DISEÑO E IMPRESIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO PARA SER ENTREGADO A LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO DEL MUNICIPIO DE YOPAL
MYCA-MC-0126-2013
REALIZACIÓN DE UN SEMINARIO-TALLER EN GESTIÓN, FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE
INVERSIÓN PUBLICA EN EL MUNICIPIO DE YOPAL
MYCA-MC-127-2013
APOYO A LAS JUNTAS ADMINISTRADORAS LOCALES DEL MUNICIPIO DE YOPAL MEDIANTE LA DOTACIÓN DE EQUIPOS, ELEMENTOS DE PAPELERÍA Y OFICINA PARA PROMOVER LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL MUNICIPIO DE YOPAL
MYCA-MC-121-2013
SERVICIOS DE PASAJES AÉREOS Y ALOJAMIENTO PARA EL DESARROLLO DEL CONVERSATORIO SOBRE TEMAS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DIRIGIDO AL CONSEJO TERRRITORIAL DE PLANEACIÓN DEL MUNICIPIO DE YOPAL
MYCA-MC-125-2013
DESARROLLAR UNA FERIA MICROEMPRESARIAL A TODO COSTO ,PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD, PROMOCIONANDO Y CAPACITANDO A 80 MICROEMPRESARIOS DE LOS SECTORES ECONÓMICOS ARTESANÍAS, CONFECCIÓN, MADERAS, ALIMENTOS Y SERVICIOS EN EL MUNICIPIO DE YOPAL
MYCA-MC-124-2013
SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EXTINTORES EXISTENTES EN TODAS LAS DEPENDENCIAS DE LA ALCALDÍA
MYCA-SOPY-SA-068-2013
CONSTRUCCIÓN DE LA CASA INTEGRAL DE LA MUJER Y LA FAMILIA, CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE ACUEDUCTO DE LA VEREDA PICÓN ARENAL Y CONSTRUCCIÓN DE REDES MATRICES ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO PLUVIAL EN EL PLAN PARCIAL LA ESTRELLA-BON HABITAT DEL MUNICIPIO DE YOPAL DEPARTAMENTO DE CASANARE.
La Corte
La Corte Constitucional fue creada por la actual Constitución Política, vigente desde el 7 de julio de 1991. La Corte es un organismo perteneciente a la rama judicial del Poder Público y se le confía la guarda de la integridad y supremacía de la Carta Política.
Sus funciones, descritas en el artículo 241 de la Constitución, consisten en decidir sobre las demandas de constitucionalidad que promuevan los ciudadanos contra las leyes, los decretos con fuerza de ley dictados por el Gobierno y los actos legislativos reformatorios de la Constitución; resolver sobre la constitucionalidad de la convocatoria a un referendo o a una Asamblea Constituyente para reformar la Constitución; decidir sobre la constitucionalidad de los referendos sobre leyes, las consultas populares y los plebiscitos del orden nacional; ejercer el control constitucional sobre los decretos legislativos dictados por el Gobierno al amparo de los estados de excepción; decidir definitivamente acerca de las objeciones por inconstitucionalidad que el Gobierno formule contra proyectos de ley y de manera integral y previa respecto a los proyectos de ley estatutaria aprobados por el Congreso; resolver acerca de las excusas para asistir a las citaciones realizadas por el Congreso en los términos del artículo 137 de la Carta; decidir sobre la exequibilidad de los tratados internacionales suscritos por el Estado colombiano y de las leyes que los aprueben y revisar las decisiones judiciales relacionadas con la acción de tutela de los derechos constitucionales prevista en el artículo 86 de la Constitución.
La Corte, como cabeza de la jurisdicción constitucional, conoce de manera exclusiva de los asuntos de constitucionalidad cuyo análisis le confía la Carta Política y establece, en su condición de intérprete autorizado, las reglas jurisprudenciales sobre el alcance de las normas contenidas en la Constitución.
Según lo dispuesto en el artículo 239 de la Constitución y el artículo 44 de la Ley 270 de 1996 Estatutaria de la Administración de Justicia, la Corte Constitucional está integrada por nueve magistrados, nombrados por el Senado de la República para períodos individuales de ocho años de ternas designadas por el Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.
PROYECTOS DE LEY PRESENTADOS EN NUEVA LEGISLATURA 2013-2014
PL 01-13 S Empresas de vigilancia y seguridad privada
PL 02-13 S Paramos Humedales
PL 03-13 S Modificación parágrafo Procedimiento Penal
PL 05-13 S Empleo a cuidadores familiares
PL 06-13 S Campesinidad Agro Rural
PL 07-13 S Cuota Afro en el poder público
PL 08-13 S Conformación municipios en Colombia
PL 09-13 S Gratuidad de la Canasta Vital Servicios Públicos
PL 10-13 S Registro de deudores cuota alimentaria
PL 11-13 S Registro Nacional de Información de Subsidios
PL 12-13 S Veedurías de la salud
PL 13-13 S Educación para la salud
PL 14-13 S Gratuidad Vacuna Papiloma Humano
PL 15-13 S Decomiso vehículo Ebrios
PL 16-13 S Código penal Mod. Ley 906 de 2004
PL 17-13 S Descuentos multas tránsito
PL 18-13 S Agua potable acueductos comunitarios
PL 19-13 S Mecanismo reparación madres cabeza de familia víctimas de la violencia
PL 20-13 S ControlPoliticoEmbajadas
PL 21-13 S ProyectodeLey-LibretaMilitar
PL 22-13 S Cuidado niñez
PL 23-13 256 C Codigo Penal
PL 24-13 S Programas de apoyo para la mujer y parto digno
PL 25-13 S Proyecto de Ley Queremal
PL.26-13 S Jueces de Paz
PL. 27-13 S Gobernadores
PL 28-13 S Presupuesto
PL 29-13 S Seguridad Privada y Vigilancia
PL 30-13 S Deporte Extremo
PL 31-13 S Bicicletas escolares
PL 32-13 S Disparos al aire
PL 33-13 S Armas Blancas
PL 34-13 S Partidos y movimientos políticos
PL 35-13 S Sismica versión final
La formación de un Estado tiene amplia relación con los procesos económicos, que presume la presencia de condiciones que posibiliten la expansión y la integración del espacio económico, consolidando relaciones de producción e intercambio entre los agentes sociales. Así se definen ámbitos territoriales, diferenciando estructuras productivas y homogeneización de clases a través de sus intereses económicos.
Uno de los grandes inconvenientes que tuvieron que atravesar las sociedades americanas en la construcción de sus estados fueron las grandes extensiones territoriales, la continua lucha entre los espacios rurales y los urbanos, y los intereses económicos enfrentados.
Luego de la caída del régimen colonial, se fueron constituyendo órganos políticos con el fin de reemplazar el sistema de dominación antigüo, teniendo la necesidad de constituir un polo de poder alrededor del Estado Nacional.
Internamente esto generaba una lucha y enfrentamientos regionales por imponer intereses políticos y económicos, lo que confluía a que solo existiera un reconocimiento externo del carácter de Estado independiente.
A partir de esto la creación de una economía más o menos integrada, y la conservación de algunas instituciones coloniales fueron el cimiento para la creación de un Estado Nacional.
El creciente capitalismo europeo, la revolución del industrial y el transporte generó la necesidad de buscar mercados para colocar los excedentes de las producciones locales, además de comerciar bienes que no se producían en el territorio europeo.
De esta manera en América Latina se abrieron nuevas posibilidades comerciales, con el flujo de capitales y oportunidades de nuevas inversiones.
Así en America Latina comenzaron a producirse relaciones de producción capitalista y con ellas la necesidad de homogenizar la sociedad y consolidar el Estado, como único medio para poder realizar flujos comerciales con el exterior que permitieran el crecimiento económico. La consolidación del orden era la única posibilidad para logra el progreso.